Interés general Leandro Barni 17/12/2024

Condenan por abuso sexual con acceso carnal a un joven de Alejandro Petión

El Tribunal en lo Criminal 3 de La Plata dictó la pena por un ataque contra una mujer de 24 años, durante una reunión de amigos, en una casa de Alejandro Petión. El caso se remonta a un hecho ocurrido en agosto de 2018 y denunciado en febrero de 2019.
El juez Santiago Paolini integrante del Tribunal Criminal Nº 3 de La Plata que determinó la acusación contra un joven de Alejandro Petión.

El Tribunal en lo Criminal Nº 3 de La Plata, a cargo de Santiago Paolini, dictó sentencia condenatoria sobre Braian Javier Brown, de 25 años, un joven parquero (jardinero), condenado por 'abuso sexual con acceso carnal', quien deberá cumplir una sentencia de 6 años en su domicilio de la calle Agüero, en Alejandro Petión.

Para la Justicia platense, el jardinero arremetió en contra de la voluntad de una mujer de 24 años. La joven sostuvo que le advirtió en varias oportunidades al acusado que no la toque. En un momento del juicio que se dirimió en La Plata, refirió: “Lo tengo encima, yo me desperté porque no podía respirar. Sentía como que me estaban apretando el pecho y dije, ¿qué, qué pasa...? No entendía nada, abro los ojos y lo tengo encima mío. Me quedo mirándolo como pensando: ¿qué está pasando? No me puedo mover y él ya estaba adentro mío... Él ahí empezó a abusar de mí y no sé cuánto tiempo pasó... La verdad es que yo no sé, pero él se levantó y acabó afuera. Se fue a un rincón y acabó. Y en eso empieza a prender la luz y yo me levanto rápido. Estaba con los pantalones bajos, me levanto y me quedo sentada. Él prende la luz y empieza a decirle a los que estaban acostados: No sabe lo bien que la pasé anoche...”.

El magistrado afirmó que “demás está decir que el sujeto con capacidad de autodeterminación sexual puede hacer uso efectivo de su libertad de dar o no su aceptación, que el comportamiento sexual no deseado debe ser efectivamente respetado por el otro y que cualquier relación sexual con otra persona exige la previa admisión de dicha esfera. Es sabido que el consentimiento debe evaluarse atendiendo a las circunstancias del caso concreto. Aquí claramente surgió que la damnificada fue categórica en su testimonio respecto de la negativa ante el deseo del imputado, dando cuenta de que el acto sexual fue forzado y contra su voluntad. Sin consentimiento, la actividad sexual es una agresión sexual. El consentimiento debe ser dado libremente, sin fuerza o violencia. El consentimiento siempre se debe comunicar con claridad".

Al respecto, elocuentes fueron las palabras de la víctima, al señalar "...Dormir al lado de una persona no es una invitación para que me vengan a violar. Es lo que pasó, porque yo estaba durmiendo. Yo no le dije ´sí quiero´ en ningún momento. Este es mi comportamiento hasta el día de hoy, y voy a seguir estando enojada porque dormir al lado de alguien no es una invitación a que vengan a abusar de mí".

El hecho ocurrido el 25 de agosto de 2018, involucró a una joven mujer y a Braian Javier Brown, y tuvo lugar en la vivienda de este último en Alejandro Petión. Aquella noche, la víctima se encontraba con varios amigos, incluyendo a Braian, y decidieron quedarse a dormir en la casa.

Durante la noche, la chica se acostó en un colchón en el piso, mientras Braian se acostó junto a ella. En un momento, la joven sintió que Braian la tocaba con el pie y le pidió que no lo hiciera. A pesar de sus advertencias, Braian continuó tocándola y, posteriormente, la denunciante se quedó dormida. Sin embargo, se despertó sintiendo que Braian estaba encima de ella y la estaba accediendo carnalmente.

Después del abuso, Braian se levantó, eyaculó en un rincón de la habitación y comentó a los presentes que "la había pasado muy bien". La joven, visiblemente afectada, se levantó y se fue con sus amigas a la estación de tren, donde les confesó que Braian la había violado.

Posteriormente, en un encuentro en una fiesta, la chica confrontó a Braian, quien admitió lo ocurrido, alegando que estaba borracho y pidiéndole que no lo denunciara. Este episodio llevó a Abigail (este es el nombre de la abusada) a decidirse finalmente a hacer la denuncia, que fue presentada en febrero de 2019.

En el juicio contra Braian por 'abuso sexual con acceso carnal', se presentaron diversas pruebas que respaldaron la acusación. Los hechos probatorios más relevantes fueron:

1) El testimonio de la víctima fue determinante. Su relato detalló los eventos de la noche del 25 de agosto de 2018, donde describió cómo fue tocada inapropiadamente por Braian y cómo, al despertarse, se encontró con él abusando de ella. Y fue considerado 'creíble y consistente' a lo largo del proceso.

2) Las declaraciones de dos amigas de la denunciante, quienes también testificaron. Ambas confirmaron haber escuchado a la víctima decir "no me toques" durante la noche y recordaron que Braian, después del abuso, hizo comentarios despectivos sobre lo ocurrido, lo que corroboró el relato de la víctima.

3) La joven realizó una publicación en Facebook donde relató lo sucedido, lo que fue presentado como evidencia. En esta publicación, describió el abuso y cómo se sintió después del incidente. Luego del encuentro, Braian admitió el abuso a la mujer, llorando y pidiéndole que no lo denunciara. Este reconocimiento fue escuchado por sus amigas, lo que también se presentó como prueba en el juicio. Asimismo, se presentaron fotografías y otros elementos que corroboraron la relación entre los testigos y la víctima, así como el contexto de la reunión en la casa de Braian.

Durante su declaración, la abusada mostró angustia y emoción al recordar los eventos, lo que fue interpretado como un indicativo de la veracidad de su relato. La forma en que narró los hechos, con detalles vívidos y con espontaneidad, contribuyó a la percepción de su sinceridad.

El Tribunal también tuvo en cuenta las pautas establecidas por las leyes de protección a las mujeres y las convenciones internacionales, que enfatizan la importancia del testimonio de la víctima en casos de violencia sexual. Se destacó que el testimonio de la víctima es fundamental en este tipo de delitos, donde a menudo no hay testigos directos.

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