Instituto de Previsión Social (IPS): ¿cuándo cobran los jubilados y pensionados bonaerenses?

El organismo previsional dio a conocer el cronograma de pagos del mes de septiembre. También recordó que el vencimiento del pago por ventanilla será el 23 de octubre de 2024. El Centro de Atención Previsional (CAP) de Cañuelas está en Basabilvaso 480.

Interés general11/09/2024El CiudadanoEl Ciudadano
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A fin de mes cobrarán sus haberes los jubilados y pensionados del IPS en Cañuelas y en el resto de la Provincia de Buenos Aires.

El Instituto de Previsión Social (IPS) informó que las personas jubiladas y pensionadas de la provincia de Buenos Aires percibirán los haberes del mes de septiembre los días viernes 27 y lunes 30 del corriente.

El viernes 27 de septiembre será el turno de las jubilaciones y pensiones con DNI terminados en 0, 1, 2 y 3; y de las pensiones sociales (no contributivas) con DNI terminados en 0, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9.

En tanto, el lunes 30 el IPS pagará las jubilaciones y pensiones con DNI terminados en 4, 5, 6 ,7, 8 y 9. Además, el organismo previsional recordó que el vencimiento del pago por ventanilla será el 23 de octubre de 2024. 
 
 Vale recordar que el Centro de Atención Previsional (CAP) de Cañuelas está en Basabilvaso 480. El teléfono es:  (02226) 42 1720. Y el correo electrónico: [email protected] .

GACETILLA
El calendario de pagos que dio a conocer el Instituto de Previsión Social para el cobro de jubilaciones y pensiones en la Provincia de Buenos Aires.

Y también que en mayo último, el IPS reconoció a trabajadoras vecinales del municipio de Cañuelas. 
El Instituto de Previsión Social de la provincia entregó en el municipio las resoluciones que reconocen a 10 trabajadoras vecinales de la localidad, que desempeñaron un rol social y de forma solidaria, en el marco del Plan “Más vida”.

Esta reparación histórica se trata de un régimen especial del IPS que contempla un subsidio vitalicio para las trabajadoras vecinales, más conocidas como “manzaneras”, que cuentan con 25 años de servicio voluntario comprobables y 60 años de edad, según lo establece la Ley N° 14.245.

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