Multa y rechazo de Molino Cañuelas
La empresa fue sancionada por la supuesta infracción a la Ley de Defensa de la Competencia. Le fijaron una sanción económica de 150 millones de pesos. Es por los productos Harina Pureza, galletitas 9 de Oro y Aceite Cañuelas.
La firma Molino Cañuelas fue multada por la supuesta violación a la Ley 25.156, lo que generó una fuerte sanción económica. La empresa de alimentos hizo su descargo esta semana a través de un comunicado, rechazó los argumentos de la Secretaría de Comercio Interior y adelantó que recurrirá a la Justicia.
El texto advierte que Molino Cañuelas “rechaza por falta de sustento e ilegal la Resolución dictada por la Secretaria de Comercio Interior, a instancia de la Comisión Nacional de Defensa a la Competencia (CNDC) por la cual se impone una multa a la Empresa y a otras entidades del sector molinero”.
El Ministerio de Desarrollo Productivo, a través de la Secretaría de Comercio, no sólo sancionó con multas económicas a Molino Cañuelas; también, a la Federación Argentina de la Industria Molinera y a la Cámara de Industriales Molineros y a la Asociación de Pequeñas y Medianas Industrias Molineras de la Argentina.
Acusan a las empresas de ejecutar una “práctica horizontal concertada de fijación de precios mínimos e intercambio de información sensible en el mercado de molienda de trigo y la comercialización de harina de trigo en todo el país, afectado el interés económico general del mercado”. Le apuntan, fundamentalmente, a los productos Harina Pureza, galletitas 9 de Oro y Aceite Cañuelas.
La sanción, publicada en el Boletín Oficial, fijó entre 50 y 150 millones de pesos por infringir el Artículo 1° de la Ley 27.442 de Defensa de la Competencia.
Multaron por 150 millones de pesos a Molino Cañuelas y a la Federación por la misma cifra; a la Cámara de Industriales Molineros, por más de 93 millones de pesos, y a la Asociación de Pequeñas y Medianas Industrias Molineras de la Argentina, por más de 51 millones de pesos.
Para el Gobierno, habría un acuerdo entre la empresa y entidades mencionadas para fijar precios e intercambiar información, infringiendo 7.442, Ley de Defensa de la Competencia.
Según señalaron, la denuncia tiene su origen en 2015, y “se formula por un acuerdo sectorial que nunca se aplicó, el cual tenía como finalidad evitar que las grandes empresas vendan por debajo del costo de producción en perjuicio de las pequeñas empresas con menor capacidad financiera”.
Desde la empresa afirmaron que “la multa impuesta resulta ilegal por infundada, irracional y exorbitante, ya que se basa en un acuerdo que nunca se aplicó, y toma como base de imposición los supuestos beneficios que habría recibido Molino Cañuelas por dicho acuerdo”.
Añade el texto que “la sanción recae sobre FAIM, la industria molinera en general, y en Molino Cañuelas en particular, lo que resulta llamativo teniendo en cuenta que Molino Cañuelas no tiene por sí sola la facultad de decisión (más de 70 molinos con un régimen de voto individual en la comisión directiva), al igual que sorprendió que la resolución se dictó luego de más de 7 años en donde se aportaron todas las pruebas que fundamentan nuestra posición”.
Y adelantaron: “Molino Cañuelas interpondrá los recursos judiciales correspondientes con la convicción de que la multa será revocada”.
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