El cura párroco evalúa con el Arzobispado el regreso de las nuevas misas

Salud - COVID-19 03 de octubre de 2020 Por El Ciudadano
La Municipalidad dio luz verde para retomar con la actividad presencial, con rigurosos cuidados para evitar los contagios. No habrá más de 40 personas, con una distancia mínima entre ellas de 15 metros cuadrados. Se retomaría el lunes 5 y de manera progresiva.
Capilla Santuario archivo
Un decreto municipal exige un protocolo para poder volver a la actividad en las parroquias e iglesias. Foto archivo.

Mientras que las plazas, cafés, restaurantes, comercios, el autocine y la biblioteca de a poco vuelven a la normalidad de sus actividades y se aguardan que habiliten más rubros pedidos por dueños y empresarios, desde la iglesia local se supone que el lunes 5 comiencen con algunas actividades a partir del decreto municipal dictado el jueves 1.
En este contexto, el cura párroco Ramón le recordó a este semanario que a mediados de septiembre presentó un protocolo para poder volver a la actividad en las parroquias, santuario e iglesia, respetando medidas de cuidado sanitario.
Al cierre de esta edición, el padre Ramón Costilla ante un llamado de este medio respondió que estaban manteniendo nuevas reuniones con sus compañeros de la iglesia y del Obispado de Gregorio de Laferrère para el regreso a los templos.
“Nos estamos organizando. Todavía falta armar todo. Ya contamos con el decreto para abrir, pero nos regimos por el obispado y es a partir del lunes 5 de octubre. Se abrirá de forma paulatina durante la semana entrante. En este momento no tenemos otra precisión”, respondió el sacerdote.
“Se abre el culto, pero hay que ver cómo distribuir a la gente, en espacios que en algunos casos no es suficiente tener 40 personas. En La Matanza se abren con la misa al aire libre, pero no más de 20 personas. Hay que tomar esto con precisión. No es lanzar algo así al pueblo. Por lo que debemos tratar de evitar una impaciencia más de la que ya hay. Tenemos que ser prudentes y esperar. Todo lo que se pide no se puede hacer de un día para el otro. Los espacios aireados hay que respetarlos y no se pueden modificar algunas estructuras (edilicias) que ya están con anterioridad”.

Decreto 542/2020 
La medida municipal enmarcada en el Decreto 542/2020 dispone que en ningún caso la cantidad de asistentes al templo o lugar de culto podrá exceder el equivalente a un cuarenta por ciento del factor ocupacional, con una cantidad máxima de cuarenta personas de manera simultánea.
Se dispondrá, en cuanto sea posible, de una puerta para el ingreso y otra puerta diferente para la salida de las personas, de modo de evitar cruzamientos entre quienes entran y quienes salen del templo o lugar de culto.
Por otro parte, se deberá evitar la aglomeración de personas en la puerta de los templos o lugares de culto, tanto antes del inicio como después de la finalización de cada misa o celebración religiosa.
Se informa que no podrán concurrir a los templos o lugares de culto todas las personas que:
a) Tengan residencia fuera del partido de Cañuelas.
b) Se encuentren afectados por COVID-19.
c) Tengan alguno de los síntomas compatibles con COVID-19, de acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Salud de la Nación y el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.
d) Sean contactos estrechos de una persona que hubiere tenido COVID-19 en los últimos catorce días.
e) Se encuentren transitando el período de aislamiento total, preventivo y obligatorio de catorce (14) días, por haber ingresado a la ciudad proveniente desde zonas donde hay transmisión comunitaria de COVID-19.
f) Residan en domicilios en los que existan personas que están realizando el aislamiento total, preventivo y obligatorio.
Los responsables de los respectivos cultos deberán tramitar la realización de un informe técnico en el templo o lugar de celebración, destinado a determinar la capacidad máxima de personas, pudiendo solicitarlo ante la Secretaría de Gobierno Municipal.
Las celebraciones litúrgicas quedarán habilitadas con un máximo de 40 asistentes siempre que se cumpla con una ocupación de una persona cada 15 metros cuadrados en templos y/o establecimientos destinados a actividades religiosas.
Se sugiere mantener abierto el lugar de culto en días y horarios específicos para el rezo individual y la atención espiritual, además de los específicos de la celebración litúrgica.
En el templo solo podrán permanecer el ministro, una persona de limpieza y una persona en la entrada para controlar la cantidad de fieles, tanto en las celebraciones como en el rezo individual, no pudiendo permanecer dentro del lugar personas en situación de espera a ser atendido; en caso que surgiera la necesidad de espera, deberán permanecer afuera.
Las comunidades establecerán un sistema de turnos para las celebraciones, a fin de controlar mejor el flujo de asistentes y cumplir con el factor de ocupación y el tope máximo de personas presentes en el establecimiento.
Todos los asistentes deberán permanecer con tapabocas; al ingresar al templo se proveerá de alcohol en gel o alcohol al 70% para desinfección de manos.
El libro de rezo y cualquier otro elemento litúrgico será de uso individual, llevado por cada asistente y deberá evitarse tocar las imágenes y objetos.
Las puertas del templo deberán permanecer abiertas para permitir la ventilación durante las horas de funcionamiento.
Para la atención espiritual individual se deberá utilizar un espacio amplio, con ventanas, que permita la distancia mínima de 1,5 metros entre el ministro y el fiel, evitando salas pequeñas o despachos. El ministro deberá llevar máscara protectora facial además del tapaboca obligatorio.
Se deberán tomar medidas de prevención en relación al personal y voluntarios, realizando asiduamente desinfección e higiene del ambiente y de los espacios comunes y sanitarios.