Javier Milei anunció el DNU para desregular la economía

El presidente de la República Argentina presentó -junto a su Gabinete- el Decreto de Necesidad de Urgencia, con más de 300 reformas de leyes y normativas. El mensaje se dio por cadena nacional y en breve habrá un llamado a sesiones extraordinarias.

Economía21/12/2023El CiudadanoEl Ciudadano
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El presidente, Javier Milei, anunció el decreto en cadena nacional junto a su Gabinete.

El presidente Javier Milei, a través de un mensaje por cadena nacional que se extendió por espacio de 18 minutos, presentó en sociedad un Decreto de Necesidad y Urgencia (publicado pasadas la medianoche en el Boletín Oficial) al que denominó "plan de desregulación económica", que resumió en 30 puntos principales sobre un total de alrededor de 300 reformas que incluyen derogación de leyes y reformas específicas.

A continuación, cada uno de los 30 puntos mencionados en el discurso en el que el Presidente estuvo acompañados por ministros y secretarios y en el que tuvo una ubicación destacada el asesor de la Presidencia de la Nación, Federico Sturzeneger, considerado como el principal ideólogo de estas iniciativas:


1. Derogación de la Ley de Alquileres para que "el mercado inmobiliario vuelva a funcionar sin problemas y que alquilar no sea una odisea", explicó Milei en cadena nacional.

2. Derogación de la Ley de Abastecimiento para que "el Estado nunca más atente contra el derecho de propiedad de los individuos".

3. Derogación de la Ley de Góndolas para que "el Estado deje de meterse en las decisiones de los comerciantes argentinos".

4. Derogación de la Ley del Compre Nacional que "sólo beneficia a determinados actores del poder".

5. Derogación del Observatorio de Precios del Ministerio de Economía para "evitar la persecución de las empresas".

6. Derogación de la Ley de Promoción Industrial.

7. Derogación de la Ley de Promoción Comercial.

8. Derogación de la normativa que impide la privatización de las empresas públicas.

9. Derogación del régimen de sociedades del Estado.

10. Transformación de todas las empresas del Estado en sociedades anónimas para su posterior privatización.

11. Modernización del régimen laboral para "facilitar el proceso de generación de empleo genuino".

12. Reforma del Código Aduanero para "facilitar el comercio internacional".

.13. Derogación de la Ley de Tierras para promover las inversiones.

14. Modificación de la Ley de Manejo del Fuego. La Ley de Manejo del Fuego crea el Servicio Nacional de Manejo del Fuego, que organiza las tareas de prevención y combate de incendios de todo el país.

15.Derogación de las obligaciones que los ingenios azucareros tienen en materia de producción azucarera.

16. Liberación del régimen jurídico aplicable al sector vitivinícola.

17. Derogación del sistema nacional del comercio minero y del Banco de Información Minera. Esta decisión apunta a eliminar costos en el sector minero con la derogación de la Ley N° 24.523 del Sistema Nacional de Comercio Minero y la Ley N° 24.695 del Banco Nacional de Información Minera.

18. Autorización para la cesión del paquete accionario total o parcial de Aerolíneas Argentinas.

19. Implementación de la política de cielos abiertos. Se trata de un conjunto de normas que modifican la ley 17.285 el Código Aeronáutico en la cual se regula la política aerocomercial, permitiendo y simplificando los trámites para la llegada de nuevos operadores al mercado. El antecedente de esta decisión es la política de cielos abiertos que fue implementada durante el gobierno de Carlos Menem.

20. Modificación del Código Civil y Comercial para reforzar el principio de libertad contractual entre las partes. En este punto, a través del artículo 252 del DNU, se establece, entre otras cosas, la libertad de contratación y se consagra la nueva redacción de la siguiente manera: "Las partes son libres para celebrar un contrato y determinar su contenido, dentro de los límites impuestos por la ley o el orden público".

21. Modificación del Código Civil y Comercial para garantizar que las obligaciones contraídas en moneda extranjera deban ser canceladas en la moneda pactada. En este punto el DNU apunta permitir que las operaciones pactadas en moneda extranjera se cumplan entregando la moneda designada en esa obligación, lo que da viabilidad a los contratos pactados en otras monedas que no sean la de curso legal en el país.

22. Modificación al marco regulatorio de la medicina prepaga y las obras sociales.

23. Eliminación de las restricciones de precios a la industria prepaga.

24. Incorporación de las empresas de medicina prepaga al régimen de obras sociales. Una de las principales cláusulas que se incorporan en los artículos 311 y 312 del DNU es que "los trabajadores que inicien una relación laboral podrán ejercer el derecho de elección de agente del seguro de la Ley N° 23.661". Al mismo tiempo, autoriza a que "los afiliados que hubieren cambiado de agente de seguro deberán permanecer en ella el tiempo mínimo que determine la Autoridad de Aplicación, el que nunca podrá ser superior a UN (1) año, y vencido ese plazo, podrán volver a ejercer esa opción."

25. Establecimiento de la receta electrónica para agilizar el servicio y minimizar costos.

26. Modificaciones al régimen de empresas farmacéuticas para fomentar la competencia y reducir costos. En este punto el DNU "establece que la prescripción y dispensación de medicamentos, y toda otra prescripción, solo puedan ser redactadas y firmadas a través de plataformas electrónicas habilitadas a tal fin. Establecer que puedan utilizarse plataformas de teleasistencia en salud, en todo el territorio nacional, de conformidad con la Ley N° 25.326 de Protección de los Datos Personales y la Ley N° 26.529 de Derechos del Paciente."

27. Modificación de la Ley de Sociedades para que los clubes de fútbol puedan convertirse en sociedades anónimas si así lo quisieran.

28. Desregulación de los servicios de internet satelital. La norma modifica el artículo 34 de la ley de servicios de comunicación y estipula que "La provisión de facilidades de los sistemas satelitales de comunicaciones será libre.

29. Desregulación del sector turístico eliminando el monopolio de las agencias de turismo. Este punto deroga íntegramente la ley 18.828 de 1970 y la ley 26.356 de Tiempos Compartidos

30. Incorporación de herramientas digitales para trámites de los registros automotores. Con este punto buscan simplificar y redefinir las modalidades de inscripción, transferencias y documentación de los automotores.

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