Alexis Cartasegna, nuevo titular del Juzgado de Faltas N°2 de Cañuelas
“Estamos acostumbrados a los planteos infundados y maliciosos de la oposición”, dice el abogado, de 49 años. Trabajaba en la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Municipio. Y le apunta a los concejales de Juntos que criticaron su designación.
La semana que viene se inaugura el Juzgado de Faltas N°2 de Cañuelas, cuyo titular Alexis Cartasegna ya dio algunas señales de lo que será la nueva administración. Su designación levantó algunos cuestionamientos en la oposición. Y el abogado habló con El Ciudadano.
–¿Le llamó la atención el desacuerdo y las críticas de los concejales de Juntos por su designación?
–Estamos acostumbrados, lamentablemente, a los planteos infundados y maliciosos de la oposición. La supuesta nulidad argumentada, apoyada en una normativa cuyos artículos no se corresponden con lo expresado, no hace más que confundir a quien escucha su descabellada exposición. La nulidad absoluta es una sanción que se aplica a los actos administrativos que carecen de un elemento esencial y que tiene como consecuencia privarlo de sus efectos normales. Es la sanción más grave, dentro del Derecho Administrativo, para el caso del que hablamos, un decreto.
–¿Qué impronta espera darle al nuevo Juzgado?
–Los Juzgados de Faltas, en general, tienen la obligación de velar por el cumplimiento de las normas nacionales, provinciales y municipales. En particular, tienen que cuidar que se respeten normas ambientales, de Salud Pública, de Tránsito, de Higiene, de Seguridad Vial, etc. La impronta de este nuevo juzgado, y del ya existente, está en línea con un Cañuelas en crecimiento, tanto económico como comercial y demográfico. La pacífica convivencia y tranquilidad requiere de reglas de juego claras y de sanciones ejemplares, a la vez educar a los infractores.
–¿Qué competencia tiene el Juzgado de Faltas?
–Son las infracciones o contravenciones, ilícitos, pero no considerados delitos.
–¿Cree que podrá mantener distancia del Poder Ejecutivo local?
–El juez de Falta es un funcionario municipal. El Decreto Ley 8751/77 así lo establece. No obstante, no tiene dependencia funcional, por lo que, gracias a la estabilidad del cargo, una vez designado, su compromiso primero es con el ciudadano.
–En general, la Justicia tiene tiempos dilatados para las designaciones, pero en su caso el cargo surgió en menos de un año.
–La Justicia y los jueces pertenecen al Poder Judicial y los Jueces de Faltas, al Poder Ejecutivo. La división de poderes y funciones permiten las normas de un funcionamiento interno de cada uno de ellos, sean elegidas o no sin intervención de los poderes restantes. Seguir discutiendo si es más o menos rápido, carece de sentido, en tanto para la designación se respete el marco legal aplicable al caso.
–¿Qué relación tiene con el Juzgado 1 de Faltas?
–Con Fabián Silvetti me llevo muy bien, fui su reemplazo en los últimos años cada vez que debió ausentarse.
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