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# Se reglamentó la inscripción online para funcionamiento de comercios de cercanía

![28-5 inscripción de comercios de cercanía](/download/multimedia.normal.a2b4c40de3569c70.32382d3520696e73637269706369c3b36e20646520636f6d657263696f7320645f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*Se habilitó un formulario online para los comercios que reabren este lunes.*

El municipio reglamentó por medio de un decreto la habilitación de los comercios de cercanía como excepción en el período comprendido entre el 1 y el 15 de junio del presente. En este sentido, se abrió la inscripción para los comercios y profesionales de forma online desde la página oficial de la municipalidad de Cañuelas.  
Cabe destacar que en una primera instancia, deberán completar la inscripción aquellos comercios y/o profesionales que hasta el momento no estaban habilitados para funcionar y que deseen iniciar sus actividades en los horarios dispuestos para este fin: lunes a viernes de 15 a 19 y sábado de 9 a 13. Las actividades de distintos rubros que se encontraban hasta el momento habilitadas por otras medidas, continuarán funcionando en los días y horarios que tenían asignados.  
Para realizar la inscripción, los comercios o profesionales deberán ingresar a la página web oficial del municipio [www.canuelas.gob.ar](https://www.canuelas.gob.ar/) Allí tendrán acceso a los modelos de protocolos dispuestos tanto para comercios de cercanía como para profesionales [www.canuelas.gob.ar/protocolosanitario](https://www.canuelas.gob.ar/protocolosanitario)  
Una vez leídos y comprendidos dichos protocolos, los interesados deberán completar una planilla online donde consten datos como la Razón Social, Nombre de Fantasía, rubro, CUIL-CUIT, dirección, teléfono y mail. También deberá consignarse el número de la partida de Seguridad e Higiene municipal [www.canuelas.gob.ar/inscripcioncomercios](https://www.canuelas.gob.ar/inscripcioncomercios)   
Una vez completado todos los datos, el comerciante o profesional recibirá por mail un comprobante de trámite con carácter de Declaración Jurada que deberá colocar en la vidriera o lugar visible y en el cual se compromete a cumplir con los protocolos establecidos.  
Como se anunció, esta medida temporal está sujeta a cambios si se observa incumplimiento generalizado de protocolos, circulación excesiva o en función del análisis de la situación epidemiológica del partido.

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**El municipio de Cañuelas autorizará la venta ambulante de alimentos y garrafas**

El jefe de Gabinete Fernando Jantus y la secretaria de Gobierno Valeria Ríos firmaron la Disposición 1/2020 por la que el municipio reglamentó los procedimientos de comercialización ambulante de alimentos y garrafas, hasta tanto finalice la Emergencia Sanitaria.  
Únicamente se permitirán hasta dos operativos mensuales a cada comerciante mencionado, y en una franja horaria delimitada entre las 8 y las 14 de lunes a sábado mientras duren las medidas de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio.  
Los vendedores están obligados sin excepción alguna, a contar con el equipo de protección individual –mascarillas, guantes, viseras, gafas, gel hidro alcohólico– y demás medidas de protección, manteniendo el distanciamiento social establecido.  
Previamente, los comerciantes interesados en realizar venta ambulante, deberán solicitar el permiso a la Subsecretaría de Ordenamiento y Control Urbano con un mínimo de diez días de anticipación, donde conste el horario y día precisos para los cuales se pretende realizar la mencionada comercialización. El comerciante interesado deberá adjuntar en su solicitud la documentación pertinente para dilucidar el origen de los productos a comercializar; y las habilitaciones correspondientes a la actividad, de conformidad con las leyes y reglamentos existentes.  
El municipio definirá los lugares autorizados para la comercialización ambulante en función de las características demográficas, ambientales y socioeconómicas con el criterio de sanidad necesario para el cuidado de la comunidad.

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